Funcionario sin competencia
Funcionario sin competencia
Si la autoridad a quien se dirige la petición no es la
competente, se informará de inmediato al interesado si este actúa verbalmente, o dentro de los cinco (5) días
siguientes al de la recepción, si obró por escrito.
Dentro del término señalado remitirá la petición al competente y
enviará copia del oficio remisorio al peticionario o en caso de no existir funcionario competente así se lo
comunicará.
- Los términos para decidir o responder se contarán a partir del día siguiente a la recepción de la Petición por la autoridad competente.
Organización para el trámite interno y decisión de las peticiones
La tramitación interna de las peticiones que les corresponda resolver, y la manera de atender las quejas
para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo.
Cuando más de diez (10) personas formulen peticiones análogas, de información, de interés general o de consulta, la
Administración podrá dar una única respuesta que publicará en un diario de amplia circulación, la pondrá en su
página web y entregará copias de la misma a quienes las soliciten.
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